Temblores en Guatemala: Municipalidades no están obligadas a revisar estructuras antiguas

Se registraron daños estructurales en un edificio ubicado en la 21 calle y 8 avenida de la zona 1. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)

Comunitario

Temblores en Guatemala: Municipalidades no están obligadas a revisar estructuras antiguas

Aunque el proceso de construcción exige cumplir con normas y firmas técnicas, no existe un seguimiento estructural obligatorio tras finalizar la obra.

Se registraron daños estructurales en un edificio ubicado en la 21 calle y 8 avenida de la zona 1. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)

Los sismos del 8 de julio provocaron daños en un edificio ubicado en la 21 calle y 8 avenida de la zona 1. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)


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La Ciudad de Guatemala crece verticalmente, pero nadie vigila si sus edificios siguen siendo seguros con el paso del tiempo. A pesar de estar en una zona sísmica, el país carece de una política pública de supervisión estructural posterior a la construcción. Una vez concluidas las edificaciones, ni las municipalidades ni ninguna otra institución del Estado están obligadas a revisar su estado estructural, ni siquiera después de décadas de uso o ante amenazas naturales constantes.

Este vacío normativo y práctico pone en riesgo a miles de personas que habitan edificios antiguos o incluso recientes, cuya estabilidad depende únicamente de la voluntad y la capacidad económica de sus propietarios, según el arquitecto y urbanista Luis Fernando Olayo Ortiz, del Centro de Estudios Urbanos y Regionales (CEUR).

“Nadie revisa si un edificio sigue siendo seguro diez o veinte años después de haberse construido. Eso queda en manos de los dueños, si pueden y quieren hacerlo”.

Olayo Ortiz recalca que, en Guatemala, no existe una ley que obligue a efectuar una supervisión estructural sistemática ni periódica para los edificios una vez construidos. Tampoco hay una institución pública que realice revisiones estructurales de forma recurrente; estas solo ocurren cuando se presenta una emergencia, como la provocada por los sismos del 8 de julio.

El experto añade que, durante el proceso previo a la construcción de un edificio, se deben cumplir numerosos requisitos para obtener la licencia municipal, incluidos los cálculos estructurales firmados por profesionales acreditados. Sin embargo, una vez que el proyecto ha sido autorizado y concluido, el vínculo con la municipalidad se limita a una revisión de cumplimiento de planos, sin inspecciones técnicas del proceso constructivo ni revisiones posteriores.

“Lo que está enterrado ya no se ve”, remarcó el experto, al indicar que gran parte de los componentes críticos de un edificio, como zapatas o cimientos, queda fuera de cualquier verificación una vez se culmina la obra.

Ni las municipalidades ni otras entidades, como la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) o el Ministerio de Comunicaciones, cuentan con protocolos establecidos para monitorear regularmente las condiciones estructurales de edificios ya construidos, incluso en zonas sísmicas como el valle de Guatemala. Esto significa que el país opera bajo un sistema reactivo: solo se inspecciona un inmueble si hay una denuncia vecinal, evidencia de daño visible o después de un sismo significativo.

La situación es aún más crítica en el caso de los edificios antiguos ubicados en la zona 1 capitalina, muchos de ellos construidos antes del terremoto de 1976. Estas edificaciones, en su mayoría privadas y sin ningún tipo de supervisión oficial posterior a su construcción, podrían representar un riesgo considerable. Olayo puso como ejemplo el pasaje Aycinena —detrás del Portal del Comercio—, una construcción antigua de mampostería y madera cuyas condiciones estructurales actuales son frágiles y vulnerables ante cualquier movimiento telúrico.

Casa con grietas en casi toda la estructura en las comunidades Pino I y II Palin Escuintla tras los sismo
Vivienda ubicada en Palín, Escuintla evidencia visibles daños en su infraestructura. (Foto Prensa Libre: Prensa Libre)

En el caso de edificios públicos antiguos, como el Palacio de Correos o el Ministerio de Finanzas, si bien pueden contar con departamentos de mantenimiento, la revisión estructural profunda depende de gestiones específicas, como solicitudes a la Conred, a la Facultad de Ingeniería de la Universidad de San Carlos (USAC) o contrataciones privadas. Sin embargo, no existe un protocolo obligatorio.

El edificio de la Torre de Tribunales, ubicado en el Centro Cívico de la capital, presentó daños visibles en su fachada. No obstante, tras una inspección técnica realizada por personal del Organismo Judicial, se determinó que dichas afectaciones ya habían sido identificadas desde marzo pasado. Según el informe, los daños no están relacionados con los sismos del 8 de julio, sino que se atribuyen al envejecimiento de la estructura y a factores ambientales.

Según Conred, entre los inmuebles que reportan daños menores figuran el edificio ubicado en la avenida Hincapié 7-25, zona 13, así como las instalaciones de la División Especializada en Investigación Criminal (DEIC) de la Policía Nacional Civil (PNC).

El alcalde de Santa Catarina Pinula y presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), Sebastián Siero, recalca que es el propietario del edificio quien debe coordinar esa revisión. Según explicó, hay tres opciones para gestionarla: acudir a la municipalidad, a Conred o, la más común, contratar a un ingeniero privado colegiado que firme el informe correspondiente.

“No está normado en ningún lado, no hay una obligación de parte de los propietarios de revisar los edificios. Ellos, al momento de ver algo raro, deben hacer su inspección con un ingeniero privado y, si encuentran alguna anomalía en esa inspección, ahí es donde ya pueden pedir el apoyo a la municipalidad o a Conred. Pero no hay ninguna norma, ningún reglamento o algo que los obligue a hacer inspecciones cada cierta cantidad de tiempo”, explicó.

De igual forma, en Conred se informó que la competencia de velar por el monitoreo de los territorios recae en cada municipalidad, principalmente porque estas aprueban las licencias de construcción, idealmente bajo los parámetros establecidos en las normas para la reducción de desastres.

 Aunque el proceso de construcción exige cumplir con normas y firmas técnicas, no existe un seguimiento estructural obligatorio tras finalizar la obra.  

Comunitario

Temblores en Guatemala: Municipalidades no están obligadas a revisar estructuras antiguas

Aunque el proceso de construcción exige cumplir con normas y firmas técnicas, no existe un seguimiento estructural obligatorio tras finalizar la obra.

Se registraron daños estructurales en un edificio ubicado en la 21 calle y 8 avenida de la zona 1. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)

Los sismos del 8 de julio provocaron daños en un edificio ubicado en la 21 calle y 8 avenida de la zona 1. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)

La Ciudad de Guatemala crece verticalmente, pero nadie vigila si sus edificios siguen siendo seguros con el paso del tiempo. A pesar de estar en una zona sísmica, el país carece de una política pública de supervisión estructural posterior a la construcción. Una vez concluidas las edificaciones, ni las municipalidades ni ninguna otra institución del Estado están obligadas a revisar su estado estructural, ni siquiera después de décadas de uso o ante amenazas naturales constantes.

Este vacío normativo y práctico pone en riesgo a miles de personas que habitan edificios antiguos o incluso recientes, cuya estabilidad depende únicamente de la voluntad y la capacidad económica de sus propietarios, según el arquitecto y urbanista Luis Fernando Olayo Ortiz, del Centro de Estudios Urbanos y Regionales (CEUR).

«Nadie revisa si un edificio sigue siendo seguro diez o veinte años después de haberse construido. Eso queda en manos de los dueños, si pueden y quieren hacerlo».

Olayo Ortiz recalca que, en Guatemala, no existe una ley que obligue a efectuar una supervisión estructural sistemática ni periódica para los edificios una vez construidos. Tampoco hay una institución pública que realice revisiones estructurales de forma recurrente; estas solo ocurren cuando se presenta una emergencia, como la provocada por los sismos del 8 de julio.

El experto añade que, durante el proceso previo a la construcción de un edificio, se deben cumplir numerosos requisitos para obtener la licencia municipal, incluidos los cálculos estructurales firmados por profesionales acreditados. Sin embargo, una vez que el proyecto ha sido autorizado y concluido, el vínculo con la municipalidad se limita a una revisión de cumplimiento de planos, sin inspecciones técnicas del proceso constructivo ni revisiones posteriores.

“Lo que está enterrado ya no se ve”, remarcó el experto, al indicar que gran parte de los componentes críticos de un edificio, como zapatas o cimientos, queda fuera de cualquier verificación una vez se culmina la obra.

Ni las municipalidades ni otras entidades, como la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) o el Ministerio de Comunicaciones, cuentan con protocolos establecidos para monitorear regularmente las condiciones estructurales de edificios ya construidos, incluso en zonas sísmicas como el valle de Guatemala. Esto significa que el país opera bajo un sistema reactivo: solo se inspecciona un inmueble si hay una denuncia vecinal, evidencia de daño visible o después de un sismo significativo.

La situación es aún más crítica en el caso de los edificios antiguos ubicados en la zona 1 capitalina, muchos de ellos construidos antes del terremoto de 1976. Estas edificaciones, en su mayoría privadas y sin ningún tipo de supervisión oficial posterior a su construcción, podrían representar un riesgo considerable. Olayo puso como ejemplo el pasaje Aycinena —detrás del Portal del Comercio—, una construcción antigua de mampostería y madera cuyas condiciones estructurales actuales son frágiles y vulnerables ante cualquier movimiento telúrico.

Casa con grietas en casi toda la estructura en las comunidades Pino I y II Palin Escuintla tras los sismo
Vivienda ubicada en Palín, Escuintla evidencia visibles daños en su infraestructura. (Foto Prensa Libre: Prensa Libre)

En el caso de edificios públicos antiguos, como el Palacio de Correos o el Ministerio de Finanzas, si bien pueden contar con departamentos de mantenimiento, la revisión estructural profunda depende de gestiones específicas, como solicitudes a la Conred, a la Facultad de Ingeniería de la Universidad de San Carlos (USAC) o contrataciones privadas. Sin embargo, no existe un protocolo obligatorio.

El edificio de la Torre de Tribunales, ubicado en el Centro Cívico de la capital, presentó daños visibles en su fachada. No obstante, tras una inspección técnica realizada por personal del Organismo Judicial, se determinó que dichas afectaciones ya habían sido identificadas desde marzo pasado. Según el informe, los daños no están relacionados con los sismos del 8 de julio, sino que se atribuyen al envejecimiento de la estructura y a factores ambientales.

Según Conred, entre los inmuebles que reportan daños menores figuran el edificio ubicado en la avenida Hincapié 7-25, zona 13, así como las instalaciones de la División Especializada en Investigación Criminal (DEIC) de la Policía Nacional Civil (PNC).

El alcalde de Santa Catarina Pinula y presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), Sebastián Siero, recalca que es el propietario del edificio quien debe coordinar esa revisión. Según explicó, hay tres opciones para gestionarla: acudir a la municipalidad, a Conred o, la más común, contratar a un ingeniero privado colegiado que firme el informe correspondiente.

«No está normado en ningún lado, no hay una obligación de parte de los propietarios de revisar los edificios. Ellos, al momento de ver algo raro, deben hacer su inspección con un ingeniero privado y, si encuentran alguna anomalía en esa inspección, ahí es donde ya pueden pedir el apoyo a la municipalidad o a Conred. Pero no hay ninguna norma, ningún reglamento o algo que los obligue a hacer inspecciones cada cierta cantidad de tiempo», explicó.

De igual forma, en Conred se informó que la competencia de velar por el monitoreo de los territorios recae en cada municipalidad, principalmente porque estas aprueban las licencias de construcción, idealmente bajo los parámetros establecidos en las normas para la reducción de desastres.

ESCRITO POR:
José Manuel Patzán
Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad, con 18 años de experiencia en periodismo escrito, radial y televisivo. Reconocido con el premio Periodista del Año de Prensa Libre en 2016.

 Prensa Libre | Guatemala

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