
economía
¿Cuándo dan el aguinaldo y debe recibirlo en uno o dos pagos? Conozca las fechas y lo que dicta ley
El aguinaldo en Guatemala debe pagarse en dos cuotas, en diciembre y enero. La ley permite pagarlo completo en diciembre si existe convenio o costumbre laboral.
Trabajadores reciben su aguinaldo conforme a las fechas establecidas por la ley, que exige el pago en dos cuotas salvo cuando el empleador entrega el total en diciembre. (Foto, Prensa LIbre: Hemeroteca)
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El aguinaldo en Guatemala es una de las prestaciones laborales más esperadas del año y está respaldada por ley para garantizar que todas las personas trabajadoras reciban un ingreso adicional en la temporada de fin de año.
Su entrega es obligatoria tanto para el sector público como para el sector privado, independientemente del tipo de contrato o antigüedad del empleado.
De acuerdo con el Artículo 2 del Decreto que regula el aguinaldo, Ley Reguladora del Aguinaldo Decreto 76- esta prestación laboral debe entregarse en dos pagos iguales, cada uno correspondiente al 50% del monto total.
La normativa establece fechas específicas para su cumplimiento:
- Primer pago: durante la primera quincena de diciembre.
- Segundo pago: en la segunda quincena de enero del año siguiente.
Esta estructura garantiza que los trabajadores cuenten con un ingreso adicional tanto para fin de año como al comenzar el nuevo inicio del año.
Qué dice la ley sobre excepciones y forma de pago
Aunque el pago dividido es lo establecido legalmente, existe una excepción que aplica cuando las empresas han adoptado prácticas internas específicas.
Por ejemplo, si el empleador entrega el 100% del aguinaldo en diciembre, ya sea por costumbre institucional o por acuerdos previos con su personal, no está obligado a realizar un pago adicional en enero. Esta modalidad, según la ley, es válida siempre que se trate de una práctica constante y comprobable.
La legislación también exige que la entrega del aguinaldo sea por escrito, mediante una constancia que registre la fecha y el monto entregado. Este respaldo protege tanto al trabajador como al empleador y es útil en casos de auditorías o reclamos.
Asimismo, queda prohibido sustituir el pago del aguinaldo en especie, garantizando que la compensación se entregue únicamente en dinero.
Cómo denunciar si no le pagan el aguinaldo
El cumplimiento de estas disposiciones forma parte de las responsabilidades legales de los empleadores. En situaciones de incumplimiento, los trabajadores pueden acudir al Ministerio de Trabajo (Mintrab) para solicitar apoyo y hacer valer sus derechos.
Si fuera el caso el guatemalteco puede ponerse en contacto con el Servicio Electrónico de Información y Consulta del Mintrab (SEICA) es una plataforma en línea que permite a los trabajadores realizar consultas laborales y presentar denuncias electrónicas por incumplimientos patronales, como el no pago del Aguinaldo.
También pueden llamar al 1511 es el centro de llamadas oficial del Ministerio de Trabajo, donde los usuarios pueden comunicarse de forma gratuita para obtener asesoría, presentar denuncias y recibir orientación sobre sus derechos laborales.
Otra opción es visitar la Inspección General de Trabajo, en sede central 1º nivel del Edificio Torre Empresarial en la 7 Avenida 3-33, zona 9, Ciudad de Guatemala o en la Dirección Departamental del Mintrab.
El aguinaldo en Guatemala debe pagarse en dos cuotas, en diciembre y enero. La ley permite pagarlo completo en diciembre si existe convenio o costumbre laboral.
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¿Cuándo dan el aguinaldo y debe recibirlo en uno o dos pagos? Conozca las fechas y lo que dicta ley
El aguinaldo en Guatemala debe pagarse en dos cuotas, en diciembre y enero. La ley permite pagarlo completo en diciembre si existe convenio o costumbre laboral.
Trabajadores reciben su aguinaldo conforme a las fechas establecidas por la ley, que exige el pago en dos cuotas salvo cuando el empleador entrega el total en diciembre. (Foto, Prensa LIbre: Hemeroteca)
El aguinaldo en Guatemala es una de las prestaciones laborales más esperadas del año y está respaldada por ley para garantizar que todas las personas trabajadoras reciban un ingreso adicional en la temporada de fin de año.
Su entrega es obligatoria tanto para el sector público como para el sector privado, independientemente del tipo de contrato o antigüedad del empleado.
De acuerdo con el Artículo 2 del Decreto que regula el aguinaldo, Ley Reguladora del Aguinaldo Decreto 76- esta prestación laboral debe entregarse en dos pagos iguales, cada uno correspondiente al 50% del monto total.
La normativa establece fechas específicas para su cumplimiento:
- Primer pago: durante la primera quincena de diciembre.
- Segundo pago: en la segunda quincena de enero del año siguiente.
Esta estructura garantiza que los trabajadores cuenten con un ingreso adicional tanto para fin de año como al comenzar el nuevo inicio del año.
Qué dice la ley sobre excepciones y forma de pago
Aunque el pago dividido es lo establecido legalmente, existe una excepción que aplica cuando las empresas han adoptado prácticas internas específicas.
Por ejemplo, si el empleador entrega el 100% del aguinaldo en diciembre, ya sea por costumbre institucional o por acuerdos previos con su personal, no está obligado a realizar un pago adicional en enero. Esta modalidad, según la ley, es válida siempre que se trate de una práctica constante y comprobable.
La legislación también exige que la entrega del aguinaldo sea por escrito, mediante una constancia que registre la fecha y el monto entregado. Este respaldo protege tanto al trabajador como al empleador y es útil en casos de auditorías o reclamos.
Asimismo, queda prohibido sustituir el pago del aguinaldo en especie, garantizando que la compensación se entregue únicamente en dinero.
Cómo denunciar si no le pagan el aguinaldo
El cumplimiento de estas disposiciones forma parte de las responsabilidades legales de los empleadores. En situaciones de incumplimiento, los trabajadores pueden acudir al Ministerio de Trabajo (Mintrab) para solicitar apoyo y hacer valer sus derechos.
Si fuera el caso el guatemalteco puede ponerse en contacto con el Servicio Electrónico de Información y Consulta del Mintrab (SEICA) es una plataforma en línea que permite a los trabajadores realizar consultas laborales y presentar denuncias electrónicas por incumplimientos patronales, como el no pago del Aguinaldo.
También pueden llamar al 1511 es el centro de llamadas oficial del Ministerio de Trabajo, donde los usuarios pueden comunicarse de forma gratuita para obtener asesoría, presentar denuncias y recibir orientación sobre sus derechos laborales.
Otra opción es visitar la Inspección General de Trabajo, en sede central 1º nivel del Edificio Torre Empresarial en la 7 Avenida 3-33, zona 9, Ciudad de Guatemala o en la Dirección Departamental del Mintrab.
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