CC respalda decisión del Congreso de no acatar veto presidencial a ley de Codedes

Fachada de la Corte de Constitucionalidad . 




Fotografía Esbin Garcia 22-07-23

Justicia

CC respalda decisión del Congreso de no acatar veto presidencial a ley de Codedes

La Corte de Constitucionalidad rechazó los amparos que cuestionaban la publicación de la ley de fondos para Codedes, avalada por el Congreso pese al veto presidencial.

Fachada de la Corte de Constitucionalidad . 




Fotografía Esbin Garcia 22-07-23

Fachada de la Corte de Constitucionalidad, sede del máximo tribunal que resolvió el rechazo de los amparos relacionados con la ley de los Codedes. (Foto: Hemeroteca PL)


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La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó por unanimidad, este sábado 18 de octubre, los amparos contra el Congreso por no acatar el veto presidencial a la ley de fondos para los Codedes. Aunque la presidenta del tribunal, Leyla Lemus, razonó que el veto era válido desde su emisión, se sumó al fallo, que fue comunicado como unánime.

La resolución relacionada con el veto presidencial al Decreto 7-2025, que da vida a la Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, fue dictada durante una sesión extraordinaria celebrada este sábado, en la que participaron todos los magistrados.

Lemus emitió voto concurrente en el fallo, en el que razonó que el plazo de 15 días para emitir el veto comienza a contar desde la recepción del decreto por parte del Ejecutivo, y que no es necesaria su publicación para que tenga validez. Sin embargo, su postura se acopló al criterio de la mayoría, por lo que la resolución se comunicó como unánime.

Según el fallo, no se cumplen los requisitos legales ni las condiciones previstas en la Ley de Amparo para conceder la protección provisional solicitada. La Corte argumentó que los aspectos clave del caso —como la temporalidad del veto, su notificación y la competencia del Congreso para sancionar la ley— deben ser evaluados a profundidad en la sentencia definitiva.

Además, el tribunal no advirtió falta de competencia del Congreso, pues la aprobación del decreto se realizó por mayoría calificada, dentro de sus facultades constitucionales.

El Decreto 7-2025 fue aprobado de urgencia nacional el 2 de septiembre por más de dos terceras partes de los diputados, en un único debate. Posteriormente, el presidente de la República emitió el veto a través del acuerdo gubernativo 182-2025, fechado el 3 de octubre.

Sin embargo, el Congreso sostuvo que el veto fue extemporáneo, ya que dicho acuerdo no contenía una disposición que indicara su entrada en vigor, lo que, según el Legislativo, activa lo dispuesto en el Decreto 1816 de 1968, el cual establece que estos instrumentos se presumen vigentes tres días después de su publicación.

Con base en esa interpretación, el Congreso concluyó que el Ejecutivo superó el plazo constitucional de 15 días para vetar la ley. Por ello, procedió a sancionar y publicar el decreto el 16 de octubre en el Diario de Centro América.

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 La Corte de Constitucionalidad rechazó los amparos que cuestionaban la publicación de la ley de fondos para Codedes, avalada por el Congreso pese al veto presidencial.  

Justicia

CC respalda decisión del Congreso de no acatar veto presidencial a ley de Codedes

La Corte de Constitucionalidad rechazó los amparos que cuestionaban la publicación de la ley de fondos para Codedes, avalada por el Congreso pese al veto presidencial.

Fachada de la Corte de Constitucionalidad . 
Fotografía Esbin Garcia 22-07-23

Fachada de la Corte de Constitucionalidad, sede del máximo tribunal que resolvió el rechazo de los amparos relacionados con la ley de los Codedes. (Foto: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó este sábado 18 de octubre por unanimidad todos los amparos acumulados que cuestionaban la decisión del Congreso de no acatar el veto presidencial al Decreto 7-2025, que da vida a la Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.

La resolución fue dictada durante una sesión extraordinaria celebrada este sábado, en la que participaron todos los magistrados, incluido el voto concurrente de la magistrada presidenta, Leyla Lemus Arriaga.

Según el fallo, no se cumplen los requisitos legales ni las condiciones previstas en la Ley de Amparo para conceder la protección provisional solicitada. La Corte argumentó que los aspectos clave del caso —como la temporalidad del veto, su notificación y la competencia del Congreso para sancionar la ley— deben ser evaluados a profundidad en la sentencia definitiva.

Además, el tribunal no advirtió falta de competencia del Congreso, pues la aprobación del decreto se realizó por mayoría calificada, dentro de sus facultades constitucionales.

La magistrada presidenta Leyla Lemus emitió voto concurrente en el fallo, en el que razonó que el plazo de 15 días para emitir el veto comienza a contar desde la recepción del decreto por parte del Ejecutivo, y que no es necesaria su publicación para que tenga validez. Sin embargo, su postura se acopló al criterio de la mayoría, por lo que la resolución se comunicó como unánime.

El Decreto 7-2025 fue aprobado de urgencia nacional el 2 de septiembre por más de dos terceras partes de los diputados, en un único debate. Posteriormente, el presidente de la República emitió el veto a través del acuerdo gubernativo 182-2025, fechado el 3 de octubre.

Sin embargo, el Congreso sostuvo que el veto fue extemporáneo, ya que dicho acuerdo no contenía una disposición que indicara su entrada en vigor, lo que, según el Legislativo, activa lo dispuesto en el Decreto 1816 de 1968, el cual establece que estos instrumentos se presumen vigentes tres días después de su publicación.

Con base en esa interpretación, el Congreso concluyó que el Ejecutivo superó el plazo constitucional de 15 días para vetar la ley. Por ello, procedió a sancionar y publicar el decreto el 16 de octubre en el Diario de Centro América.

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ESCRITO POR:

César Pérez Marroquín

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y de medioambiente con 25 años de experiencia.

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de experiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.

 Prensa Libre | Guatemala

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