Arévalo propone reforma para permitir construcciones del Estado en tierras de comunidades indígenas
El presidente Bernardo Arévalo presenta propuesta de reforma a la ley que permitiría construcciones del Estado en tierras de comunidades indígenas.

El presidente Bernardo Arévalo en compañía de autoridades indígenas se refiere al a la iniciativa para reformar el artículo 30 de la Ley Orgánica del Presupuesto. (Foto Prensa Libre: Emilio Chang)
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En la conferencia de prensa de este jueves 7 de agosto, en el Palacio Nacional de la Cultura, el presidente de la República, Bernardo Arévalo, presentó una iniciativa para reformar el artículo 30 BIS de la Ley Orgánica del Presupuesto.
“Hablamos de la posibilidad de construir escuelas, hospitales, centros de Salud, de atención permanente, en tierras de propiedad indígena que se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de comunidades indígenas”, refirió Arévalo.
Mientras que representantes de los pueblos indígenas pidieron que la iniciativa sea aprobada de urgencia nacional.
Este artículo se refiere a construcciones del Estado. Establece que, para efectos de ejecución de obras de infraestructura que el Estado construya y que incrementen el capital fijo, estas deberán llevarse a cabo en inmuebles cuya propiedad o posesión pertenezca al Estado, incluidos los municipios y las entidades descentralizadas y autónomas.
Dispone que, bajo ningún caso, se podrán realizar construcciones en inmuebles inscritos en los Registros de la Propiedad a nombre de personas individuales o jurídicas de carácter privado.
Sin embargo, con la reforma se pretende autorizar construcciones en terrenos inscritos bajo la tutela de pueblos indígenas o comunales, en lo referido específicamente a inversión en infraestructura.
La iniciativa destaca que el 3 de julio de 2024, durante el Cuarto Encuentro de Diálogo entre Autoridades Indígenas y Ancestrales y la Presidencia, el presidente instruyó a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) a contribuir en la viabilización de la inversión pública en tierras y territorios comunales indígenas, obstaculizada por restricciones procedimentales de índole jurídica en la interpretación y aplicación del artículo mencionado.
Según la propuesta, resolver esta problemática reviste crucial importancia para las Autoridades Indígenas y Ancestrales, en materia de desarrollo, bienestar y cumplimiento de derechos emanados de la Constitución Política de la República. Se requiere de fuertes intervenciones gubernamentales de dotación y provisión de servicios públicos para superar la pobreza y el insuficiente desarrollo humano que afecta con mayor severidad a los pueblos indígenas.
Además, señala que las tierras y territorios comunales de los pueblos indígenas constituyen una parte significativa del territorio nacional, estimada en al menos una cuarta parte, según cifras proporcionadas por la Mesa de Tierras Comunales de las Autoridades Ancestrales Indígenas.
La propuesta aún debe ser conocida y aprobada por el Congreso de la República.
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El presidente Bernardo Arévalo presenta propuesta de reforma a la ley que permitiría construcciones del Estado en tierras de comunidades indígenas.
Arévalo propone reforma para permitir construcciones del Estado en tierras de comunidades indígenas
El presidente Bernardo Arévalo presenta propuesta de reforma a la ley que permitiría construcciones del Estado en tierras de comunidades indígenas.

El presidente Bernardo Arévalo en compañía de autoridades indígenas se refiere al a la iniciativa para reformar el artículo 30 de la Ley Orgánica del Presupuesto. (Foto Prensa Libre: Emilio Chang)
En la conferencia de prensa de este jueves 7 de agosto, en el Palacio Nacional de la Cultura, el presidente de la República, Bernardo Arévalo, presentó una iniciativa para reformar el artículo 30 BIS de la Ley Orgánica del Presupuesto.
«Hablamos de la posibilidad de construir escuelas, hospitales, centros de Salud, de atención permanente, en tierras de propiedad indígena que se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de comunidades indígenas», refirió Arévalo.
Mientras que representantes de los pueblos indígenas pidieron que la iniciativa sea aprobada de urgencia nacional.
Este artículo se refiere a construcciones del Estado. Establece que, para efectos de ejecución de obras de infraestructura que el Estado construya y que incrementen el capital fijo, estas deberán llevarse a cabo en inmuebles cuya propiedad o posesión pertenezca al Estado, incluidos los municipios y las entidades descentralizadas y autónomas.
Dispone que, bajo ningún caso, se podrán realizar construcciones en inmuebles inscritos en los Registros de la Propiedad a nombre de personas individuales o jurídicas de carácter privado.
Sin embargo, con la reforma se pretende autorizar construcciones en terrenos inscritos bajo la tutela de pueblos indígenas o comunales, en lo referido específicamente a inversión en infraestructura.
La iniciativa destaca que el 3 de julio de 2024, durante el Cuarto Encuentro de Diálogo entre Autoridades Indígenas y Ancestrales y la Presidencia, el presidente instruyó a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) a contribuir en la viabilización de la inversión pública en tierras y territorios comunales indígenas, obstaculizada por restricciones procedimentales de índole jurídica en la interpretación y aplicación del artículo mencionado.
Según la propuesta, resolver esta problemática reviste crucial importancia para las Autoridades Indígenas y Ancestrales, en materia de desarrollo, bienestar y cumplimiento de derechos emanados de la Constitución Política de la República. Se requiere de fuertes intervenciones gubernamentales de dotación y provisión de servicios públicos para superar la pobreza y el insuficiente desarrollo humano que afecta con mayor severidad a los pueblos indígenas.
Además, señala que las tierras y territorios comunales de los pueblos indígenas constituyen una parte significativa del territorio nacional, estimada en al menos una cuarta parte, según cifras proporcionadas por la Mesa de Tierras Comunales de las Autoridades Ancestrales Indígenas.
La propuesta aún debe ser conocida y aprobada por el Congreso de la República.
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Prensa Libre | Guatemala