¿Le dieron pocos días para irse de la vivienda que alquila? La ley guatemalteca fija un plazo

¿Los inquilinos tienen derecho a un mes gratis por cada año alquilado?

economía

¿Le dieron pocos días para irse de la vivienda que alquila? La ley guatemalteca fija un plazo

En Guatemala, muchos creen que al terminar el contrato de arrendamiento el inquilino tiene derecho a quedarse un mes adicional por cada año alquilado. ¿Qué dicta la normativa vigente del país?

¿Los inquilinos tienen derecho a un mes gratis por cada año alquilado?

La Ley del Inquilinato, el Código Civil y el Código Procesal Civil y Mercantil regulan en Guatemala los derechos y obligaciones de inquilinos y propietarios en contratos de arrendamiento de inmuebles. (Foto, Prensa Libre: Shutterstock)


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¿Los inquilinos tienen derecho a un mes de permanencia por cada año de alquiler en Guatemala? Esta es una creencia común entre muchas personas que alquilan viviendas o locales comerciales, pero ¿qué dice realmente la Ley vigente?

En Guatemala, el arrendamiento de inmuebles está regulado por una ley específica que protege tanto a propietarios como a inquilinos. Si está por rentar una casa, desocupar un inmueble o simplemente desea conocer sus derechos como inquilino o propietario, es fundamental comprender lo que estipula la normativa vigente.

En este artículo encontrará información clave sobre los plazos para desalojar una vivienda alquilada, si existe el beneficio de un mes de renta gratis por año, y cuáles son las leyes que regulan los contratos de alquiler en Guatemala.

¿Es cierto que los inquilinos tienen derecho a un mes de permanencia por cada año de contrato?

No. En Guatemala, los inquilinos no tienen derecho a un mes de permanencia por cada año de ocupación, según aclararon varios abogados consultados por Prensa Libre. La Ley de Inquilinato no contempla este beneficio. 

El contrato de arrendamiento es la base de la relación entre arrendador e inquilino, y en él deben establecerse condiciones como la duración, el monto de la renta, formas de pago y cláusulas sobre desocupación. Si bien el arrendatario tiene derechos, el supuesto “mes gratis” no es uno de ellos

¿Cuánto tiempo tiene un inquilino para desocupar, según la ley?

Según la ley guatemalteca, el tiempo para desocupar una vivienda depende de cómo se realiza el proceso: 

Si es por mutuo acuerdo o por decisión del inquilino: 

De acuerdo con el Artículo 1939 del Código Civil, el inquilino puede poner fin al contrato de arrendamiento con un aviso por escrito, con al menos: 

  • 30 días de anticipación si se trata de una vivienda. 
  • 60 días de anticipación si es un local de negocios u oficinas. 

Si se realiza por orden judicial: 

Según el Artículo 240 del Código Procesal Civil y Mercantil, si el desalojo se realiza a través de un juez, los plazos son: 

  • 15 días para casas o locales de habitación. 
  • 30 días para establecimientos mercantiles o industriales. 
  • 40 días para fincas rústicas. 

Estos plazos son irrenunciables e improrrogables, por lo que ni el propietario ni el inquilino pueden modificarlos. 

¿Cuáles son los derechos de los inquilinos en Guatemala? 

La Ley del Inquilinato y el Código Civil establecen una serie de derechos para los arrendatarios, entre ellos: 

  • Uso pacífico del inmueble: el arrendador no puede interrumpir injustificadamente el uso del bien. 
  • Comprobantes de pago: el inquilino tiene derecho a recibir un recibo firmado con fecha por cada renta pagada. 
  • Inmueble en buen estado: el propietario debe entregar la vivienda o local en condiciones adecuadas para su uso. 
  • Protección contra desalojos injustificados: solo pueden efectuarse por causas legales como incumplimiento de contrato o falta de pago. 

¿Qué derechos tiene el propietario? 

Por otro lado, el propietario también cuenta con garantías legales, entre las cuales destacan: 

  • Exigir el pago de la renta y demás condiciones acordadas en el contrato. 
  • Rescindir el contrato si se incumplen las cláusulas o necesita el inmueble para uso personal. 
  • Solicitar garantías o depósitos, especialmente ante posibles daños o desocupación repentina. 
  • Realizar inspecciones, con autorización del inquilino, para verificar el estado del inmueble. 
  • Iniciar procesos de desalojo por vía judicial si el arrendatario incumple con sus obligaciones. 

¿Qué normativa rige el arrendamiento actualmente? 

Actualmente, el arrendamiento en Guatemala se regula principalmente por tres cuerpos legales: 

  1. Ley del Inquilinato (Decreto 1468 de 1961): regula arrendamientos urbanos, establece derechos y deberes, y procedimientos para desalojos. 
  1. Código Civil: artículos relacionados con contratos de arrendamiento, obligaciones, plazos y terminaciones. 
  1. Código Procesal Civil y Mercantil: detalla los procedimientos judiciales en caso de conflictos entre arrendador e inquilino. 

Breve historia de la Ley del Inquilinato en Guatemala 

Según un análisis jurídico disponible en la Biblioteca del Organismo Judicial de Guatemala, antes de 1961, las relaciones de arrendamiento en el país se regían por el Código Civil, el Código de Enjuiciamiento Civil y el Decreto 178 de 1954, emitido durante el gobierno de Carlos Castillo Armas

Estas normativas permitían la libre contratación sin suficientes garantías para los inquilinos, lo que provocó abusos, incrementos arbitrarios de renta y conflictos sociales, afectando especialmente a personas de escasos recursos. 

Con el fin de equilibrar la relación entre arrendadores e inquilinos, el Congreso aprobó en 1961 la actual Ley del Inquilinato. Esta ley incluye 63 artículos y busca garantizar: 

  • El control de rentas para evitar aumentos injustificados. 
  • La obligatoriedad de contratos por escrito
  • La prohibición de discriminación al alquilar un inmueble. 
  • La exigencia de autorización sanitaria para rentar viviendas o locales. 

En Guatemala, persiste la creencia de que, al finalizar el contrato de arrendamiento, el inquilino puede quedarse un mes extra por cada año alquilado. La legislación vigente no contempla ese beneficio, y todo lo relacionado con los derechos y obligaciones debe estar claramente estipulado en el contrato de arrendamiento.

Conocer la Ley del Inquilinato y los artículos pertinentes del Código Civil permite tanto a arrendadores como arrendatarios actuar con responsabilidad, proteger sus intereses y evitar conflictos legales innecesarios

 En Guatemala, muchos creen que al terminar el contrato de arrendamiento el inquilino tiene derecho a quedarse un mes adicional por cada año alquilado. ¿Qué dicta la normativa vigente del país?  

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¿Le dieron pocos días para irse de la vivienda que alquila? La ley guatemalteca fija un plazo

En Guatemala, muchos creen que al terminar el contrato de arrendamiento el inquilino tiene derecho a quedarse un mes adicional por cada año alquilado. ¿Qué dicta la normativa vigente del país?

¿Los inquilinos tienen derecho a un mes gratis por cada año alquilado?

La Ley del Inquilinato, el Código Civil y el Código Procesal Civil y Mercantil regulan en Guatemala los derechos y obligaciones de inquilinos y propietarios en contratos de arrendamiento de inmuebles. (Foto, Prensa Libre: Shutterstock)

¿Los inquilinos tienen derecho a un mes de permanencia por cada año de alquiler en Guatemala? Esta es una creencia común entre muchas personas que alquilan viviendas o locales comerciales, pero ¿qué dice realmente la Ley vigente?

En Guatemala, el arrendamiento de inmuebles está regulado por una ley específica que protege tanto a propietarios como a inquilinos. Si está por rentar una casa, desocupar un inmueble o simplemente desea conocer sus derechos como inquilino o propietario, es fundamental comprender lo que estipula la normativa vigente.

En este artículo encontrará información clave sobre los plazos para desalojar una vivienda alquilada, si existe el beneficio de un mes de renta gratis por año, y cuáles son las leyes que regulan los contratos de alquiler en Guatemala.

¿Es cierto que los inquilinos tienen derecho a un mes de permanencia por cada año de contrato?

No. En Guatemala, los inquilinos no tienen derecho a un mes de permanencia por cada año de ocupación, según aclararon varios abogados consultados por Prensa Libre. La Ley de Inquilinato no contempla este beneficio. 

El contrato de arrendamiento es la base de la relación entre arrendador e inquilino, y en él deben establecerse condiciones como la duración, el monto de la renta, formas de pago y cláusulas sobre desocupación. Si bien el arrendatario tiene derechos, el supuesto «mes gratis» no es uno de ellos

¿Cuánto tiempo tiene un inquilino para desocupar, según la ley?

Según la ley guatemalteca, el tiempo para desocupar una vivienda depende de cómo se realiza el proceso: 

Si es por mutuo acuerdo o por decisión del inquilino: 

De acuerdo con el Artículo 1939 del Código Civil, el inquilino puede poner fin al contrato de arrendamiento con un aviso por escrito, con al menos: 

  • 30 días de anticipación si se trata de una vivienda. 
  • 60 días de anticipación si es un local de negocios u oficinas. 

Si se realiza por orden judicial: 

Según el Artículo 240 del Código Procesal Civil y Mercantil, si el desalojo se realiza a través de un juez, los plazos son: 

  • 15 días para casas o locales de habitación. 
  • 30 días para establecimientos mercantiles o industriales. 
  • 40 días para fincas rústicas. 

Estos plazos son irrenunciables e improrrogables, por lo que ni el propietario ni el inquilino pueden modificarlos. 

¿Cuáles son los derechos de los inquilinos en Guatemala? 

La Ley del Inquilinato y el Código Civil establecen una serie de derechos para los arrendatarios, entre ellos: 

  • Uso pacífico del inmueble: el arrendador no puede interrumpir injustificadamente el uso del bien. 
  • Comprobantes de pago: el inquilino tiene derecho a recibir un recibo firmado con fecha por cada renta pagada. 
  • Inmueble en buen estado: el propietario debe entregar la vivienda o local en condiciones adecuadas para su uso. 
  • Protección contra desalojos injustificados: solo pueden efectuarse por causas legales como incumplimiento de contrato o falta de pago. 

¿Qué derechos tiene el propietario? 

Por otro lado, el propietario también cuenta con garantías legales, entre las cuales destacan: 

  • Exigir el pago de la renta y demás condiciones acordadas en el contrato. 
  • Rescindir el contrato si se incumplen las cláusulas o necesita el inmueble para uso personal. 
  • Solicitar garantías o depósitos, especialmente ante posibles daños o desocupación repentina. 
  • Realizar inspecciones, con autorización del inquilino, para verificar el estado del inmueble. 
  • Iniciar procesos de desalojo por vía judicial si el arrendatario incumple con sus obligaciones. 

¿Qué normativa rige el arrendamiento actualmente? 

Actualmente, el arrendamiento en Guatemala se regula principalmente por tres cuerpos legales: 

  1. Ley del Inquilinato (Decreto 1468 de 1961): regula arrendamientos urbanos, establece derechos y deberes, y procedimientos para desalojos. 
  1. Código Civil: artículos relacionados con contratos de arrendamiento, obligaciones, plazos y terminaciones. 
  1. Código Procesal Civil y Mercantil: detalla los procedimientos judiciales en caso de conflictos entre arrendador e inquilino. 

Breve historia de la Ley del Inquilinato en Guatemala 

Según un análisis jurídico disponible en la Biblioteca del Organismo Judicial de Guatemala, antes de 1961, las relaciones de arrendamiento en el país se regían por el Código Civil, el Código de Enjuiciamiento Civil y el Decreto 178 de 1954, emitido durante el gobierno de Carlos Castillo Armas

Estas normativas permitían la libre contratación sin suficientes garantías para los inquilinos, lo que provocó abusos, incrementos arbitrarios de renta y conflictos sociales, afectando especialmente a personas de escasos recursos. 

Con el fin de equilibrar la relación entre arrendadores e inquilinos, el Congreso aprobó en 1961 la actual Ley del Inquilinato. Esta ley incluye 63 artículos y busca garantizar: 

  • El control de rentas para evitar aumentos injustificados. 
  • La obligatoriedad de contratos por escrito
  • La prohibición de discriminación al alquilar un inmueble. 
  • La exigencia de autorización sanitaria para rentar viviendas o locales. 

En Guatemala, persiste la creencia de que, al finalizar el contrato de arrendamiento, el inquilino puede quedarse un mes extra por cada año alquilado. La legislación vigente no contempla ese beneficio, y todo lo relacionado con los derechos y obligaciones debe estar claramente estipulado en el contrato de arrendamiento.

Conocer la Ley del Inquilinato y los artículos pertinentes del Código Civil permite tanto a arrendadores como arrendatarios actuar con responsabilidad, proteger sus intereses y evitar conflictos legales innecesarios

ESCRITO POR:
Glenda Burrión
Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.

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