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Calendario tributario 2025: estos son los plazos para la declaración y pago de impuestos
Atender el calendario tributario ayuda a una mejor administración de la empresa o negocio, así como a evitar omisos, sanciones y multas de la SAT.
Hay diversas obligaciones tributarias, la mayoría recaudadas por la SAT, pero también las que tienen relación con obligaciones laborales como el pago de planillas del IGSS, reportes de empleadores y otras. (Foto, Prensa Libre: Freepik).
Foto:
La base de una correcta administración es conocer por anticipado los factores que pueden incidir en las operaciones de las compañías, y algunos de estos son las declaraciones y pagos de impuestos, expone Ana Lucia Santacruz, socia de Impuestos de la firma Deloitte Guatemala.
Varias fechas del 2025 son claves para los empresarios y los encargados de procesos fiscales, contables y financieros, para prevenir situaciones que se traduzcan en erogaciones de efectivo, entre estas multas por incumplimientos tributarios, recomendó Santacruz.
También es necesario implementar medidas de control interno ya que muchas veces por ser habituales no se les da la prioridad que deben tener.
Entre estos, uno de los principales factores a cumplir son las obligaciones tributarias, añade la experta,por lo que se debe estar atendo al calendario tributario o a los plazos de vencimiento de impuestos y otras obligaciones relacionadas como la presentación de informes.
Explica algunos de los principales vencimientos de estas obligaciones, haciendo ver que existirán impuestos que por su naturaleza se verán afectados por el momento en el que se produzcan como importaciones, ventas de activos, compraventa de inmuebles, y otros.
Además, varían según el impuesto o la acción que se esté realizando como reportar presentar la declaración y pago de un impuesto propio o la que se refiera a retenciones de impuestos efectuadas.
Siete recomendaciones
Santacruz indica que es necesario que los empresarios implementen medidas de control interno desde la perspectiva fiscal, con el fin de evitar incurrir en incumplimientos que generan multas o infracciones. Para ello comparte estas recomendaciones:
- Programar los pagos: uno de los objetivos es evitar complicaciones en las plataformas que ponen a disposición la SAT y los bancos del sistema. Por ello una de las mejores prácticas, consiste en realizar el pago de los tributos por lo menos un día hábil antes del vencimiento de estos, o si es posible antes.
- Modificación de plazos: se debe monitorear constantemente las fechas de asuetos y los días declarados inhábiles por la SAT para conocer la fecha específica del vencimiento de las obligaciones tributarias para cada período, y si estos tendrán corrimiento.
- Facilidades de pago: En los casos en que las empresas o contribuyentes no cuenten con la suficiente liquidez para para pagar sus obligaciones tributarias, es recomendable evaluar si es necesario pedir a la SAT convenios de pago. Este tipo de convenios están normados en el decreto 6-91 que contempla el Código Tributario y sus reformas.
Sin embargo, también es importante tener en cuenta que no solo se trata de presentar las declaraciones y pagar los impuestos en las fechas establecidas sino asegurarse de que hayan sido determinados de forma correcta, por lo que es necesario hacer estas cuatro verificaciones periódicas definidas en ciclos, detalló Santacruz:
- Ciclo de tesorería: acumulación de cobros y pagos de intereses y dividendos; operación de inversiones y financiamiento; y bancarización.
- Ciclo de egresos: actividades mercantiles con compañías relacionadas; realidad económica; y límites deducibles (cuantitativos y cualitativos).
- Ciclo de conversión: valuación de inventario; documentación de soporte en faltantes o destrucciones de inventario; y análisis de partidas arancelarias.
- Ciclo de ingresos: análisis de tipos de ingresos (segregación); reportería de actividades extraordinarias; y administración de aceptación y continuidad de clientes.
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Impuestos directos e indirectos
La SAT tiene a su cargo la recaudación de unos 13 impuestos diferentes. Aunque el IUSI lo administra cada municipalidad, en los últimos años la entidad ha hecho convenios con varias comunas para la recaudación.
Los impuestos directos: gravan de manera directa el patrimonio, los ingresos o las rentas de los contribuyentes.
- El impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV)
- Impuesto sobre la renta (ISR)
- Impuesto único sobre inmuebles (IUSI)
- Impuesto de solidaridad (ISO)
- Impuesto sobre herencias, legados y donaciones, el pago lo deben efectuar los beneficiarios.
Impuestos indirectos: gravan el consumo de bienes y servicios. Es trasladado en la cadena productiva hasta llegar el cobro al usuario final.
- El impuesto al valor agregado (IVA)
- Impuesto a la distribución de petróleo crudo y combustibles derivados del petróleo (IDP)
- Impuesto sobre la distribución de bebidas alcohólicas destiladas, cervezas y otras bebidas fermentadas
- Impuesto al tabaco y sus productos
- Impuesto a la distribución de cemento
- Retenciones: Los contribuyentes que son agentes retenedores deben trasladar a la SAT mensualmente el monto retenido.
Periodicidad de vencimientos
La experta de Deloitte menciona la periodicidad de algunas de las obligaciones tributarias.
Mensuales
- Impuesto Sobre la Renta (ISR) referente al Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos de actividades lucrativas, Retenciones del ISR de domiciliados en Guatemala, Retenciones del ISR de no domiciliados en Guatemala. En estos casos se deben declarar dentro del plazo de los primeros 10 días del mes siguiente al que se reporta
- Declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dentro del mes calendario siguiente al del vencimiento.
- Declaración de las retenciones de IVA. Dentro de los 15 días hábiles siguientes al período impositivo en que realizó la retención.
Trimestrales
- ISR del Régimen sobre las utilidades de Actividades Lucrativas y el Impuesto de Solidaridad (ISO). En ambos casos dentro del mes siguiente a la finalización del trimestre que corresponda.
Semestrales
- Asiste Libros
- Informe de Inventarios de junio y diciembre reportados en enero y julio de cada año respectivamente.
Anuales
- Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta de Actividades Lucrativas
- Conciliación del ISR de asalariados
Mientras que en la gráfica se puede observar un resumen más detallado derivado de la recopilación de información del calendario tributario de la SAT, información de la experta de Deloitte y de otros sitios electrónicos:
Tome en cuenta que en abril del 2025 entrará en vigencia el decreto 31-2024 que contiene la Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario la cual crea estos dos nuevos regímenes y modifica el de Pequeño Contribuyente.
Los contribuyentes que están en el Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario, Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente o Régimen Electrónico Especial de Contribuyente Agropecuario tienen tres meses a partir de la vigencia de esta ley para trasladarse a los nuevos regímenes.
Este año la SAT puso a disposición un nuevo modelo de calendario tributario en su sitio electrónico con información organizada según la localidad del contribuyente, refiere la entidad.
Se puede consultar por municipio y cómo proceder en feriados patronales. Por ejemplo se puede revisar en el RTU el departamento y el municipio del domicilio fiscal, y usar el filtro en el calendario tributario digital para verificar si afecta la fecha de vencimiento del impuesto a pagar según el domicilio fiscal.
Otras obligaciones
Hay diversas obligaciones que no son tributarias y tampoco son administradas por la SAT, sino que tienen relación a temática laboral, entre otras. Estas fueron recopiladas de los sitios como Grajeda.gt y tezoyasociados.com.gt:
- A partir del 1 de enero del 2025 hay nuevo salario mínimo y el cual estará vigente todo el año.
- Las cuotas y planilla del IGSS, IRTRA e INTECAP se reportan de forma mensual en los 20 días calendario al mes siguiente a reportar.
- El informe del Empleador se debe presentar al Ministerio de Trabajo en forma anual, y vence el último día de febrero.
- Se debe hacer la proyección del ISR de empleados para determinar el ISR que se deberá retener cada mes a los empleados que tengan sueldo de Q4 mil en adelante.
- Del ISR de empleados debe presentarse anualmente la conciliación. En este caso es a más tardar el último día de febrero.
- El boleto de ornato municipal. Es un pago anual, que puede hacerse en enero o febrero. La empresa puede descontar a cada trabajador en la planilla el monto de acuerdo con sus ingresos, y se paga a la municipalidad en enero o febrero. Si no le descuentan, el trabajador debe pagarlo en forma directa.
Atender el calendario tributario ayuda a una mejor administración de la empresa o negocio, así como a evitar omisos, sanciones y multas de la SAT.
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Calendario tributario 2025: estos son los plazos para la declaración y pago de impuestos
Atender el calendario tributario ayuda a una mejor administración de la empresa o negocio, así como a evitar omisos, sanciones y multas de la SAT.
Hay diversas obligaciones tributarias, la mayoría recaudadas por la SAT, pero también las que tienen relación con obligaciones laborales como el pago de planillas del IGSS, reportes de empleadores y otras. (Foto, Prensa Libre: Freepik).
La base de una correcta administración es conocer por anticipado los factores que pueden incidir en las operaciones de las compañías, y algunos de estos son las declaraciones y pagos de impuestos, expone Ana Lucia Santacruz, socia de Impuestos de la firma Deloitte Guatemala.
Varias fechas del 2025 son claves para los empresarios y los encargados de procesos fiscales, contables y financieros, para prevenir situaciones que se traduzcan en erogaciones de efectivo, entre estas multas por incumplimientos tributarios, recomendó Santacruz.
También es necesario implementar medidas de control interno ya que muchas veces por ser habituales no se les da la prioridad que deben tener.
Entre estos, uno de los principales factores a cumplir son las obligaciones tributarias, añade la experta,por lo que se debe estar atendo al calendario tributario o a los plazos de vencimiento de impuestos y otras obligaciones relacionadas como la presentación de informes.
Explica algunos de los principales vencimientos de estas obligaciones, haciendo ver que existirán impuestos que por su naturaleza se verán afectados por el momento en el que se produzcan como importaciones, ventas de activos, compraventa de inmuebles, y otros.
Además, varían según el impuesto o la acción que se esté realizando como reportar presentar la declaración y pago de un impuesto propio o la que se refiera a retenciones de impuestos efectuadas.
Siete recomendaciones
Santacruz indica que es necesario que los empresarios implementen medidas de control interno desde la perspectiva fiscal, con el fin de evitar incurrir en incumplimientos que generan multas o infracciones. Para ello comparte estas recomendaciones:
- Programar los pagos: uno de los objetivos es evitar complicaciones en las plataformas que ponen a disposición la SAT y los bancos del sistema. Por ello una de las mejores prácticas, consiste en realizar el pago de los tributos por lo menos un día hábil antes del vencimiento de estos, o si es posible antes.
- Modificación de plazos: se debe monitorear constantemente las fechas de asuetos y los días declarados inhábiles por la SAT para conocer la fecha específica del vencimiento de las obligaciones tributarias para cada período, y si estos tendrán corrimiento.
- Facilidades de pago: En los casos en que las empresas o contribuyentes no cuenten con la suficiente liquidez para para pagar sus obligaciones tributarias, es recomendable evaluar si es necesario pedir a la SAT convenios de pago. Este tipo de convenios están normados en el decreto 6-91 que contempla el Código Tributario y sus reformas.
Sin embargo, también es importante tener en cuenta que no solo se trata de presentar las declaraciones y pagar los impuestos en las fechas establecidas sino asegurarse de que hayan sido determinados de forma correcta, por lo que es necesario hacer estas cuatro verificaciones periódicas definidas en ciclos, detalló Santacruz:
- Ciclo de tesorería: acumulación de cobros y pagos de intereses y dividendos; operación de inversiones y financiamiento; y bancarización.
- Ciclo de egresos: actividades mercantiles con compañías relacionadas; realidad económica; y límites deducibles (cuantitativos y cualitativos).
- Ciclo de conversión: valuación de inventario; documentación de soporte en faltantes o destrucciones de inventario; y análisis de partidas arancelarias.
- Ciclo de ingresos: análisis de tipos de ingresos (segregación); reportería de actividades extraordinarias; y administración de aceptación y continuidad de clientes.
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Impuestos directos e indirectos
La SAT tiene a su cargo la recaudación de unos 13 impuestos diferentes. Aunque el IUSI lo administra cada municipalidad, en los últimos años la entidad ha hecho convenios con varias comunas para la recaudación.
Los impuestos directos: gravan de manera directa el patrimonio, los ingresos o las rentas de los contribuyentes.
- El impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV)
- Impuesto sobre la renta (ISR)
- Impuesto único sobre inmuebles (IUSI)
- Impuesto de solidaridad (ISO)
- Impuesto sobre herencias, legados y donaciones, el pago lo deben efectuar los beneficiarios.
Impuestos indirectos: gravan el consumo de bienes y servicios. Es trasladado en la cadena productiva hasta llegar el cobro al usuario final.
- El impuesto al valor agregado (IVA)
- Impuesto a la distribución de petróleo crudo y combustibles derivados del petróleo (IDP)
- Impuesto sobre la distribución de bebidas alcohólicas destiladas, cervezas y otras bebidas fermentadas
- Impuesto al tabaco y sus productos
- Impuesto a la distribución de cemento
- Retenciones: Los contribuyentes que son agentes retenedores deben trasladar a la SAT mensualmente el monto retenido.
Periodicidad de vencimientos
La experta de Deloitte menciona la periodicidad de algunas de las obligaciones tributarias.
Mensuales
- Impuesto Sobre la Renta (ISR) referente al Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos de actividades lucrativas, Retenciones del ISR de domiciliados en Guatemala, Retenciones del ISR de no domiciliados en Guatemala. En estos casos se deben declarar dentro del plazo de los primeros 10 días del mes siguiente al que se reporta
- Declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dentro del mes calendario siguiente al del vencimiento.
- Declaración de las retenciones de IVA. Dentro de los 15 días hábiles siguientes al período impositivo en que realizó la retención.
Trimestrales
- ISR del Régimen sobre las utilidades de Actividades Lucrativas y el Impuesto de Solidaridad (ISO). En ambos casos dentro del mes siguiente a la finalización del trimestre que corresponda.
Semestrales
- Asiste Libros
- Informe de Inventarios de junio y diciembre reportados en enero y julio de cada año respectivamente.
Anuales
- Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta de Actividades Lucrativas
- Conciliación del ISR de asalariados
Mientras que en la gráfica se puede observar un resumen más detallado derivado de la recopilación de información del calendario tributario de la SAT, información de la experta de Deloitte y de otros sitios electrónicos:
Tome en cuenta que en abril del 2025 entrará en vigencia el decreto 31-2024 que contiene la Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario la cual crea estos dos nuevos regímenes y modifica el de Pequeño Contribuyente.
Los contribuyentes que están en el Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario, Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente o Régimen Electrónico Especial de Contribuyente Agropecuario tienen tres meses a partir de la vigencia de esta ley para trasladarse a los nuevos regímenes.
Este año la SAT puso a disposición un nuevo modelo de calendario tributario en su sitio electrónico con información organizada según la localidad del contribuyente, refiere la entidad.
Se puede consultar por municipio y cómo proceder en feriados patronales. Por ejemplo se puede revisar en el RTU el departamento y el municipio del domicilio fiscal, y usar el filtro en el calendario tributario digital para verificar si afecta la fecha de vencimiento del impuesto a pagar según el domicilio fiscal.
Otras obligaciones
Hay diversas obligaciones que no son tributarias y tampoco son administradas por la SAT, sino que tienen relación a temática laboral, entre otras. Estas fueron recopiladas de los sitios como Grajeda.gt y tezoyasociados.com.gt:
- A partir del 1 de enero del 2025 hay nuevo salario mínimo y el cual estará vigente todo el año.
- Las cuotas y planilla del IGSS, IRTRA e INTECAP se reportan de forma mensual en los 20 días calendario al mes siguiente a reportar.
- El informe del Empleador se debe presentar al Ministerio de Trabajo en forma anual, y vence el último día de febrero.
- Se debe hacer la proyección del ISR de empleados para determinar el ISR que se deberá retener cada mes a los empleados que tengan sueldo de Q4 mil en adelante.
- Del ISR de empleados debe presentarse anualmente la conciliación. En este caso es a más tardar el último día de febrero.
- El boleto de ornato municipal. Es un pago anual, que puede hacerse en enero o febrero. La empresa puede descontar a cada trabajador en la planilla el monto de acuerdo con sus ingresos, y se paga a la municipalidad en enero o febrero. Si no le descuentan, el trabajador debe pagarlo en forma directa.
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