Guatemala
Magistrados solicitan a la presidencia de la CC agendar resolución por el amparo de Blanca Alfaro
Existe un acuerdo para no otorgar el amparo a favor de la presidenta en funciones del TSE, decidido en la sesión del 23 de julio, según el acta número 111-2025.

El caso de Alfaro fue discutido hace 15 días en el pleno de la CC. Fotografía: Prensa Libre (Esvin García).
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El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) aún no ha resuelto en definitiva el amparo solicitado por la magistrada electoral Blanca Alfaro; una protección legal que, por decisión de la mayoría del pleno, será revocada en cuanto se conozca en el pleno.
La decisión fue tomada en la sesión del 23 de julio, según el acta 111-2025, en donde tres de los cinco magistrados que conocieron el caso consideraron que no era procedente mantener el amparo en definitiva.
Se trata del magistrado titular Roberto Molina Barreto y los suplentes Claudia Paniagua y Luis Rosales; los magistrados titulares Héctor Hugo Pérez Aguilera y Leyla Lemus, presidenta de la Corte, han manifestado que sí es prudente otorgar el amparo a Alfaro.
El pleno del Tribunal Supremo Electoral (TSE) fue señalado por el Ministerio Público (MP) por una supuesta sobrevaloración en la compra del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), que tuvo un costo de Q148 millones.
La magistrada Alfaro, presidenta en funciones del TSE, no apoyó dicha compra y logró frenar, con un amparo provisional que todavía está vigente, un proceso de antejuicio en el Congreso para retirarle su inmunidad, un proceso que sí enfrentó el resto de magistrados titulares, a quienes se les retiro la inmunidad y procedió la acusación penal y separación del cargo.
Una fuente constitucional confió a este medio que los tres magistrados que han manifestado su decisión de revocar el amparo a Alfaro ya solicitaron a la presidenta de la CC que se agende el caso en el pleno. Han enviado cartas formales para que se convoque a sesión y se someta el expediente a votación definitiva.
Las sesiones de pleno pueden ser convocadas por el presidente de la Corte o a solicitud de al menos dos magistrados, según el artículo 180 de la Ley de Amparo; pero esto último todavía no ocurre.
Acuerdo en acta
Durante la sesión del 23 de julio, el caso fue presentado al pleno por la presidenta de la Corte, Leyla Lemus, quien había emitido un proyecto de resolución para otorgar el amparo en definitiva a Alfaro.
No obstante, los magistrados Molina, Rosales y Paniagua rechazaron dicha propuesta y coincidieron en que la resolución debía denegar el amparo, argumentos que fueron registrados en el acta 111-2025, a la que tuvo acceso Prensa Libre.
“La magistrada Alfaro hizo una disensión en un asunto asumido con decisión de cinco; sin embargo, a veces no basta con el voto disidente si no hay expresión en cuanto a por qué se asume. Según su parecer, no le corresponde a la Corte Suprema de Justicia ni a esta Corte determinar si hay elementos para declarar con lugar el antejuicio, sino que ello lo debe decidir el Congreso de la República”, indicó Barreto en esa sesión, según el acta citada.
El magistrado Rosales respaldó ese criterio: “No le corresponde a la Corte Suprema de Justicia ni a esta Corte entrar en consideraciones de fondo, ya que, como bien refirió el magistrado Molina, el pronunciamiento de la autoridad denunciada debía circunscribirse a determinar si la denuncia es espuria o si fue motivada por razones ilegítimas y políticas, lo cual cree que fue cumplido”, se lee en el documento.
Por su parte, la magistrada Paniagua dijo que “no está de acuerdo con el proyecto de sentencia, porque la motivación requerida ya la contiene el acto reclamado; además, los casos de los otros cuatro magistrados fueron sometidos al Congreso de la República, como ya se indicó, no siendo competencia de esta Corte pronunciarse sobre el fondo”.
Ante esos argumentos, la presidenta pidió a los magistrados enviar sus observaciones para integrarlas en el nuevo proyecto de sentencia. Molina, sin embargo, declinó compartirlas, aunque aseguró que serían enviadas.
“Hoy se hará constar que tres magistrados votaron por no otorgar el amparo, por lo que no consideran necesario remitir notas al respecto; sin embargo, si estas fueran requeridas, simplemente se enviarán para hacer ver que en la nueva ponencia debe indicarse que no existe agravio”, señala el texto.
Se ha solicitado una opinión a la presidenta de la CC, Leyla Lemus, sobre la solicitud hecha por los tres magistrados para conocer de nuevo el amparo de Blanca Alfaro; sin embargo, no se obtuvo respuesta de la magistrada.
Existe un acuerdo para no otorgar el amparo a favor de la presidenta en funciones del TSE, decidido en la sesión del 23 de julio, según el acta número 111-2025.
Magistrados solicitan a la presidencia de la CC agendar resolución por el amparo de Blanca Alfaro
Existe un acuerdo para no otorgar el amparo a favor de la presidenta en funciones del TSE, decidido en la sesión del 23 de julio, según el acta número 111-2025.

El caso de Alfaro fue discutido hace 15 días en el pleno de la CC. Fotografía: Prensa Libre (Esvin García).
El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) aún no ha resuelto en definitiva el amparo solicitado por la magistrada electoral Blanca Alfaro; una protección legal que, por decisión de la mayoría del pleno, será revocada en cuanto se conozca en el pleno.
La decisión fue tomada en la sesión del 23 de julio, según el acta 111-2025, en donde tres de los cinco magistrados que conocieron el caso consideraron que no era procedente mantener el amparo en definitiva.
Se trata del magistrado titular Roberto Molina Barreto y los suplentes Claudia Paniagua y Luis Rosales; los magistrados titulares Héctor Hugo Pérez Aguilera y Leyla Lemus, presidenta de la Corte, han manifestado que sí es prudente otorgar el amparo a Alfaro.
El pleno del Tribunal Supremo Electoral (TSE) fue señalado por el Ministerio Público (MP) por una supuesta sobrevaloración en la compra del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), que tuvo un costo de Q148 millones.
La magistrada Alfaro, presidenta en funciones del TSE, no apoyó dicha compra y logró frenar, con un amparo provisional que todavía está vigente, un proceso de antejuicio en el Congreso para retirarle su inmunidad, un proceso que sí enfrentó el resto de magistrados titulares, a quienes se les retiro la inmunidad y procedió la acusación penal y separación del cargo.
Una fuente constitucional confió a este medio que los tres magistrados que han manifestado su decisión de revocar el amparo a Alfaro ya solicitaron a la presidenta de la CC que se agende el caso en el pleno. Han enviado cartas formales para que se convoque a sesión y se someta el expediente a votación definitiva.
Las sesiones de pleno pueden ser convocadas por el presidente de la Corte o a solicitud de al menos dos magistrados, según el artículo 180 de la Ley de Amparo; pero esto último todavía no ocurre.
Acuerdo en acta
Durante la sesión del 23 de julio, el caso fue presentado al pleno por la presidenta de la Corte, Leyla Lemus, quien había emitido un proyecto de resolución para otorgar el amparo en definitiva a Alfaro.
No obstante, los magistrados Molina, Rosales y Paniagua rechazaron dicha propuesta y coincidieron en que la resolución debía denegar el amparo, argumentos que fueron registrados en el acta 111-2025, a la que tuvo acceso Prensa Libre.
“La magistrada Alfaro hizo una disensión en un asunto asumido con decisión de cinco; sin embargo, a veces no basta con el voto disidente si no hay expresión en cuanto a por qué se asume. Según su parecer, no le corresponde a la Corte Suprema de Justicia ni a esta Corte determinar si hay elementos para declarar con lugar el antejuicio, sino que ello lo debe decidir el Congreso de la República”, indicó Barreto en esa sesión, según el acta citada.
El magistrado Rosales respaldó ese criterio: “No le corresponde a la Corte Suprema de Justicia ni a esta Corte entrar en consideraciones de fondo, ya que, como bien refirió el magistrado Molina, el pronunciamiento de la autoridad denunciada debía circunscribirse a determinar si la denuncia es espuria o si fue motivada por razones ilegítimas y políticas, lo cual cree que fue cumplido”, se lee en el documento.
Por su parte, la magistrada Paniagua dijo que “no está de acuerdo con el proyecto de sentencia, porque la motivación requerida ya la contiene el acto reclamado; además, los casos de los otros cuatro magistrados fueron sometidos al Congreso de la República, como ya se indicó, no siendo competencia de esta Corte pronunciarse sobre el fondo”.
Ante esos argumentos, la presidenta pidió a los magistrados enviar sus observaciones para integrarlas en el nuevo proyecto de sentencia. Molina, sin embargo, declinó compartirlas, aunque aseguró que serían enviadas.
“Hoy se hará constar que tres magistrados votaron por no otorgar el amparo, por lo que no consideran necesario remitir notas al respecto; sin embargo, si estas fueran requeridas, simplemente se enviarán para hacer ver que en la nueva ponencia debe indicarse que no existe agravio”, señala el texto.
Se ha solicitado una opinión a la presidenta de la CC, Leyla Lemus, sobre la solicitud hecha por los tres magistrados para conocer de nuevo el amparo de Blanca Alfaro; sin embargo, no se obtuvo respuesta de la magistrada.
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